Pase Sanitario desde el 21


El gobierno de la provincia de Santa Fe adhirió a la decisión del gobierno nacional, que establece la necesidad de que toda persona que haya cumplido los 13 años de edad y que asista a las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario deberá acreditar que posee un esquema de vacunación completo contra la COVID-19, aplicado al menos 14 días corridos antes de la asistencia a la actividad o evento. En la provincia de Santa Fe, el pase sanitario va a regir a partir del día 21 de diciembre.
La página web www.santafe.gob.ar cuenta con el botón «Pase Sanitario», donde se puede acceder a la aplicación donde se tramita el Pase Sanitario.
Las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario son: viajes grupales de egresados y egresadas, de estudiantes, jubilados y jubiladas, o similares; actividades en discotecas, locales bailables o similares que se realicen en espacios cerrados; actividades en salones de fiestas para bailes, bailes o similares que se realicen en espacios cerrados; y eventos masivos organizados de más de mil personas que se realicen en espacios abiertos, cerrados o al aire libre.
En el territorio santafesino, será exigible el esquema completo de vacunación para la concurrencia a centros culturales, teatros, cines y gimnasios; participación en reuniones o celebraciones sociales en salones de eventos, fiestas y similares; asistencia a casinos y bingos; y concurrencia a atracciones turísticas, en predios delimitados con controles para el ingreso de la concurrencia.
IMPLEMENTACIÓN
Estas medidas entrarán en vigencia a partir de la hora 0 del martes 21 de diciembre. La acreditación del esquema de vacunación completo será a través de la aplicación denominada “Cuidar”, apartado “Información de Salud” en su versión para dispositivos móviles.
Las personas que no pudieran acceder a la aplicación podrán acreditarlo con certificado de vacunación contra la COVID-19 en soporte papel y/o formato digital, acompañado con el Documento Nacional de Identidad, en el cual consten las dosis aplicadas y notificadas al Registro Federal de Vacunación Nominalizado (NOMIVAC).
Por último, las autoridades municipales y comunales podrán disponer en sus respectivos distritos la necesidad de contar con el esquema de vacunación completo, para participar en otras actividades adicionales a las definidas en el presente Decreto.